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La Comunidad refuerza los incentivos a la contratación de desempleados y dará hasta 5.000 euros por contrato realizado hasta el próximo 10 de diciembre

La medida, aprobada el pasado jueves, está destinada a empresas, entidades privadas sin ánimo de lucro y trabajadores autónomos y, para recibir la ayuda, los contratos deben haberse realizado desde el 31 de mayo hasta el próximo 10 de diciembre

Viernes, 6 de diciembre de 2013

El Consejo de Gobierno aprobó el pasado 21 de noviembre un refuerzo del sistema de incentivos a la contratación de desempleados que la Comunidad de Madrid ofrece a las empresas desde el 31 de mayo.

Este cambio supone elevar hasta 5.000 euros la ayuda máxima que se da por cada contrato a un parado (antes el tope era de 1.500 euros) y ampliar el espectro de los contratos susceptibles de ser subvencionados para que más empresas puedan beneficiarse de él y así se incentive más la contratación de trabajadores.

Se trata de una medida destinada a empresas, entidades privadas sin ánimo de lucro y trabajadores autónomos que tiene un presupuesto de 26 millones de euros y cuyo objetivo es facilitar la incorporación de trabajadores desempleados al mercado de trabajo.

El portavoz del Gobierno, Salvador Victoria, detalló que, en el caso de empresas, entidades privadas sin ánimo de lucro y autónomos con menos de diez trabajadores, serán subvencionables la contratación indefinida y la conversión de temporal en indefinida (con 5.000 euros por cada contrato) y la contratación temporal de, al menos, seis meses (2.000 euros de ayuda).

En el caso de empresas, entidades sin ánimo de lucro y autónomos con diez trabajadores o más, se subvencionará con un importe de 4.000 euros cada contratación indefinida o conversión de temporal en indefinido, y con 1.500 euros el contrato temporal de, al menos, seis meses.

Si el contrato es a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente al tiempo de trabajo. Todos los trabajadores contratados deberán llevar, al menos, un mes inscritos como desempleados demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad.

Para la concesión de las subvenciones será precisa la formalización escrita de los contratos en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal y el alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Las contrataciones deberán haberse realizado desde el 31 de mayo pasado hasta el próximo 10 de diciembre de 2013. Quienes hubieran pedido estas ayudas antes de esta modificación, también se beneficiarán de las nuevas condiciones.

Más información:
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